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Empate aplaza decisi贸n de caso de Chihuahua, esperan a nueva ministra

Publicado el Jue, 05/12/2019

NOTIMEX

M茅xico, 5 Dic.- En una votaci贸n dividida de cinco votos en favor y cinco en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n (SCJN) dej贸 sin decisi贸n la controversia constitucional interpuesta por el gobierno de Chihuahua por el manejo del llamado "fondo minero", hasta que se incorpore la nueva ministra Margarita R铆os-Farjat elegida este jueves en el Senado.

El gobierno de esa entidad reclama que al delegarse a la Secretar铆a de Econom铆a la administraci贸n del Nuevo Fondo para el Desarrollo de Zonas de Producci贸n Minera invade la competencia del Legislativo federal.

Ello no s贸lo para legislar en materia exclusiva de miner铆a, sino tambi茅n porque ahora ser谩 el Ejecutivo federal a trav茅s de la Secretar铆a de Econom铆a el que determine c贸mo se distribuya y aplique dicho fondo con base en los lineamientos que al efecto se expidan.

El proyecto de resoluci贸n del ministro Alfredo Guti茅rrez Ortiz Mena planteaba entrar al fondo del asunto con el argumento de que el gobierno de Chihuahua si tendr铆a inter茅s jur铆dico.

Sin embargo, el ministro Jorge Pardo Rebolledo consider贸 que es fundada la causal de improcedencia consistente en la falta de inter茅s leg铆timo.

En el debate, el presidente de la Corte, Arturo Zald铆var, advirti贸 que contrario a lo que en alguna 茅poca sostuvo la mayor铆a del Tribunal la controversia constitucional no procede s贸lo por temas competenciales.

Dijo que cuando hay afectaci贸n, por ejemplo, a derechos humanos, 鈥渉e sostenido que procede la controversia constitucional鈥.

Sin embargo, dijo, en este caso hay un inter茅s leg铆timo, pero en relaci贸n con violaciones indirectas a la Constituci贸n, que no dan lugar a la controversia constitucional. 鈥淢e parecer铆a una inconsistencia exigir violaciones directas a la Constituci贸n, a los municipios y no a los estados鈥, subray贸.

Explic贸 que el gobierno de Chihuahua est谩 simplemente reclamando un da帽o econ贸mico y 茅ste no da lugar per se 鈥損or s铆 mismo鈥 a un inter茅s leg铆timo, no lo da ni en el amparo ni lo da en la controversia.

Por su parte, la ministra Norma Luc铆a Pi帽a Hern谩ndez aval贸 la controversia. 鈥淓s posible considerar, en este caso por lo menos, en un primer estudio de procedencia, que el actor alega que una autoridad incompetente emiti贸 una norma que afecta sus ingresos, lo cual basta para considerar procedente la controversia constitucional".

Sin embargo, la votaci贸n reflej贸 la divisi贸n del Pleno en torno al tema y se determin贸 esperar a que est茅 integrado completo para poder resolver este asunto.

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